19Abril

Permisos indispensables en cualquier prueba de la Federación

Campeonatos Sociales y Autonómicos

Permisos indispensables en cualquier prueba de la Federación

Según la Normativa Regional, artículo 49, no se autorizará ninguna prueba que no figure en el calendario federativo.

Por este motivo le recordamos que nos comunique, antes del comienzo de cada trimestre, las competiciones que los Clubes tienen previsto, indicándonos la modalidad, nº de cazadores, especie a soltar, número aproximado y lugar a celebrar.

Fechas de envio

  • Del 1 al 14 de marzo, segundo trimestre, Abril, Mayo y Junio.
  • Del 1 de junio al 13 de junio, tercer trimestre. Julio, Agosto y Septiembre.
  • Del 1 al 12 de Septiembre, cuarto trimestre, Octubre, Noviembre y Diciembre.
  • Del 1 al 12 de diciembre, primer trimestre 2017, Enero, Febrero y Marzo.

Normas de inscripción para las pruebas SOCIALES CLASIFICATORIAS

- Los Clubes solicitarán autorización a la Federación para la realización de sus campeonatos.
- Las pruebas en las que es imprescindible la presencia de jueces deben ser juzgadas por jueces debidamente autorizados, por lo tanto jueces regionales, título que en este caso es expedido por nuestra Federación o jueces nacionales, jueces cuyo título es otorgado por la RFEC.

La Federación dispone de jueces para todas las modalidades, los cuales, deben ser solicitados a la vez que se solicite el correspondiente permiso del campeonato.

Se aplicará, de obligado cumplimiento, los Reglamentos de organización de los campeonatos de rastro sobre jabalí y sobre liebre, así como la normativa específica para cada campeonato.
- En los cinco días siguientes a la celebración de la prueba, el Club presentará en la Federación el acta con relación de participantes, clasificación e incidencias.
- Previo a la celebración de los campeonatos autonómicos y dentro del plazo de inscripción que se fije para cada uno de ellos, los clubes presentarán en la Federación un ACTA firmada por el presidente, secretario o delegado de competición si le hubiera, en el que ineludiblemente conste lo siguiente:
- Nombre, apellidos y D.N.I de los cazadores representantes.
- Que dichos cazadores pertenecen con plenitud de derechos al Club.
- Que los mencionados cazadores han sido CLASIFICADOS (sí ha sido con prueba de campo) ó DESIGNADOS (sí han sido elegidos por sorteo, a dedo etc.).

Normas de inscripción para los CAMPEONATOS AUTONOMICOS

El criterio a seguir para la inscripción de los participantes, al igual que se viene haciendo, será el siguiente:
1.- Los clubes con más de 50 licencias federativas, presentarán un participante.
2.- Los clubes con más de 200 licencias federativas, podrán presentar dos participantes.
3.- Tendrán preferencia en la inscripción, los cazadores que se hayan clasificado mediante campeonato social, que quedará acreditado con el acta del Club.
4.- A continuación se irá inscribiendo un cazador de cada Club en función de su número de licencias federativas en orden de mayor a menor.
A la hora de realizar los campeonatos autonómicos, puede ocurrir que haya cupo de participantes impuesto por la Administración ó bien por la propia Federación, sí así lo estimase oportuno.
En caso de haber cupo de participantes, se aplicarán los cuatro puntos anteriores hasta completar el mismo.
De no agotarse así el cupo, se completará con representantes de Clubes con menos de 50 licencias federativas. Para ello, dentro del plazo fijado por la Federación para la inscripción, estos Clubes presentarán el acta reseñada anteriormente, quedando su participante en reserva de inscripción.
Sino se estableciese cupo de participantes, la Federación procurará la representación de todos los clubes federados.
5.- Las jornadas de caza para veteranos, dada su idiosincrasia, se regirán por las normas que se dicten en cada momento.
6.- En los campeonatos de silvestrismo dada su idiosincrasia, solo podrán participar los Clubes que tengan creada la sección de silvestrismo. Se regirán por las normas que se dicten en cada momento.

NOTA: Esta normativa podrá ser objeto de modificación si el comité de competiciones lo cree oportuno. Cualquier modificación de las mismas se les comunicará en tiempo y forma.

Publicado en Competición, FC Caza, Sociedades